A la
comunidad de trabajadores, estudiantes y padres de familia del IEMSDF.
A las organizaciones defensoras de derechos humanos.
A los medios de comunicación:
A las organizaciones defensoras de derechos humanos.
A los medios de comunicación:
EL SENADO
PRETENDE QUITARNOS NUESTROS DERECHOS A LA CONTRATACIÓN COLECTIVA, LIBRE
ASOCIACIÓN Y DE HUELGA, AL ENVIARNOS AL APARTADO B DEL ARTÍCULO 123
CONSTITUCIONAL. En efecto, dentro del dictamen del 14 de diciembre de 2014
sobre la reforma política del Distrito Federal, los senadores proponen la
siguiente modificación a las fracciones XIII bis y XIV del apartado B del
artículo 123 de la Constitución:
“Las relaciones entre los organismos constitucionales autónomos y sus trabajadores se regirán por lo dispuesto en el presente apartado. El régimen laboral aplicable a los organismos descentralizados será determinado por la ley que lo rija.”
Los trabajadores de organismos descentralizados, como lo es el IEMS, sabemos que en la actualidad, nos rige la Ley Federal del Trabajo gracias a la jurisprudencia 1/96 emitida el 15 de enero de 1996, por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
“Las relaciones entre los organismos constitucionales autónomos y sus trabajadores se regirán por lo dispuesto en el presente apartado. El régimen laboral aplicable a los organismos descentralizados será determinado por la ley que lo rija.”
Los trabajadores de organismos descentralizados, como lo es el IEMS, sabemos que en la actualidad, nos rige la Ley Federal del Trabajo gracias a la jurisprudencia 1/96 emitida el 15 de enero de 1996, por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
“ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE CARACTER FEDERAL. SU INCLUSION EN EL ARTICULO 1o. DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, ES INCONSTITUCIONAL.”
Es decir, ya no podría declararse inconstitucional la inclusión, en el apartado B, de los trabajadores de organismos descentralizados. En palabras simples, estas modificaciones significan que ya no podremos defendernos en contra de nuestro patrón y perderemos derechos como el de huelga, y la organización en torno a un sindicato, entre otros, esto afectará la calidad de vida de los trabajadores y sus familias, puesto que nuestros ingresos se verán, una vez más, afectados. Como siempre, el gobierno no pierde nada, sólo se sacrifica al trabajador.
El calendario de trabajo iniciará con reuniones los días 24 y 26 de febrero en donde se abordarán los temas de atribuciones de las alcaldías y el modelo e integración del Órgano Constituyente. Los días 3 y 4 de marzo se tratará el tema de las modificaciones al artículo 123 Constitucional. Bajo este escenario, convocamos a una movilización frente al Senado el día 3 de marzo para evitar la modificación al artículo 123. Llamamos a todos los trabajadores del IEMS a estar atentos a los próximos llamados por parte del SUTIEMS y a participar en movilizaciones en contra de este nuevo golpe contra los trabajadores. Por ello exigimos:
¡RETIRO
INMEDIATO DE LA INICIATIVA DE REFORMA DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL!
¡NO AL APARTADO B!
¡EN DEFENSA DE LOS CONTRATOS COLECTIVOS Y EL DERECHO DE HUELGA!
¡NO AL APARTADO B!
¡EN DEFENSA DE LOS CONTRATOS COLECTIVOS Y EL DERECHO DE HUELGA!
“¡POR
EDUCACIÓN Y TRABAJO DIGNOS!”
SUTIEMS
SUTIEMS
Fuente:
Sutiems Df Prensa
Sutiems Df Prensa
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