Comunicado (Sobre desinformación en torno al Amparo)
Ciudad de México, 9 de febrero, 2016
Compañeros:
Ante la desinformación que se ha desatado respecto del amparo promovido por el SUTIEMS ante la declaración de inexistencia de la huelga por revisión salarial, debemos precisar que el pasado viernes 29 de enero llegó a nuestro local sindical el citatorio para que acudiéramos al Juzgado Segundo en Materia de Trabajo del Primer Circuito a darnos por notificados de la resolución del amparo, acto que verificamos el día 02 de febrero del año en curso y, en efecto, encontramos que nos fue negado el amparo solicitado, que dicho de paso, en ausencia del Juez fue resuelto por la Secretaria de Acuerdos del citado juzgado. Sin embargo, dicho amparo todavía no causa estado, ya que por Ley, el SUTIEMS tiene 10 días hábiles a partir de la notificación para interponer la revisión de amparo, a lo cual procederemos. Por lo anterior es falso que hayamos perdido el amparo.
Es pertinente precisar que el amparo por al archivo del emplazamiento por revisión del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) lo ganamos, motivando que el Instituto promoviera la revisión de amparo, misma que fue resuelta a nuestro favor, lo que nos permitirá proceder a la revisión integral del CCT y ello incluye la revisión salarial del año en curso. Así mismo, el actual proceso de emplazamiento por cumplimiento de contrato, cuyo estallamiento está fechado para el 23 de febrero próximo, incluye la revisión salarial de 2015, pues se trata del incumplimiento de la cláusula 3a del CCT, que a la letra dice: “El presente Contrato será revisado cada dos años en su contenido integral y cada año por lo que se refiere al salario”.
Si no fuera suficiente, el resolutivo del amparo contra el incidente de falta de personalidad de nuestra Secretaria de Actas y Acuerdos, otorgado al Instituto y por lo que se desechaba nuestro emplazamiento a huelga por violaciones contractuales para el día 2 de junio, fue resuelto a nuestro favor y ha causado estado, por lo que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje deberá citar a las partes a audiencia conciliatoria y el SUTIEMS deberá fijar nueva fecha de estallamiento, reponiéndose el proceso desde el momento de prehuelga, en donde procede pedir el cumplimiento de la citada cláusula 3a, es decir la revisión salarial. Por todo lo anterior es falso que se haya perdido la revisión salarial de 2015.
Lamentamos la actitud mostrada por la Secretaria General del SITIEMS en su comunicado No. 04 del 08 de febrero en que se suma a la campaña de desacreditación contra el SUTIEMS, dando por ciertos los infundios de la patronal y la Junta para declarar inexistente nuestra huelga, a la que por cierto no se sumó, ni manifestó su apoyo, a pesar de que durante la misma, y en el marco del “Foro por el sindicalismo independiente”, llevado a cabo en la Asamblea Legislativa, los asistentes, público y ponentes, le exigieron se manifestara en apoyo a la huelga que tenía como finalidad el incremento salarial de todos los trabajadores, incluyendo al sector por ella representado.
Así mismo le recordamos que en el marco de la convocatoria a instalación de comisiones mixtas aseveró que si el SUTIEMS interponía la revisión de amparo contra la Ejecución de Laudo, el SITIEMS se abstendría de participar en las mismas concediendo que el derecho nos asiste por quedar aquel sub júdice, por lo que la instamos a que en congruencia deje de hacer el cohorte a la patronal y se sume a las luchas del SUTIEMS en pro de la defensa del Contrato Colectivo de Trabajo y de los derechos de los trabajadores.
“Por educación y trabajo dignos”
Comité Ejecutivo
SUTIEMS
No hay comentarios:
Publicar un comentario