SINDICATO DE LA UNIÓN DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL D.F.

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martes, 31 de enero de 2012

La Junta Local sigue haciendo de las suyas

SINDICATO DE LA UNIÓN DE TRABAJADORES DEL INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DEL DISTRITO FEDERAL
(SUTIEMS)
Desecha la JLCyA-DF emplazamiento a Huelga del SUTIEMS por violaciones al CCT
A todos los trabajadores al servicio del IEMS-DF
A las organizaciones sociales, políticas, sindicales,
campesinas, estudiantiles, culturales, indígenas,
populares y de derechos humanos
A los medios de comunicación
P R E S E N T E S :
“El único instrumento que
tiene el ciudadano para
protegerse de actos de abuso
de la autoridad, es el amparo”
Jorge G. Castañeda


El viernes 13 de enero del año en curso, se realizó una Audiencia Incidental relacionada con el emplazamiento a HUELGA por cumplimiento del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) que presentó el Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal (SUTIEMS) en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal (JLCyA-DF), el 24 de noviembre de 2011.
Dicha audiencia se celebró porque el Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal (IEMS-DF), una vez emplazado, dio contestación al Pliego Petitorio de nuestro sindicato mediante un escrito presentado el 29 de diciembre de 2011, promoviendo un Incidente de falta de personalidad del SUTIEMS, el cual fue complementado con otro escrito presentado en la JLCyA-DF el 31 de diciembre de 2011.
Ante dicha situación, nuestro sindicato solicitó el 4 de enero del presente año que se resolviera la objeción presentada por las autoridades del IEMS-DF, de conformidad con lo establecido en el Art. 928-IV de la Ley Federal del Trabajo, que a la letra dice: “IV. No serán denunciables en los términos del artículo 710 de esta Ley, los miembros de la Junta, ni se admitirán más incidentes que el de falta de personalidad, que podrá promoverse, por el patrón, en el escrito de contestación al emplazamiento, y por los trabajadores, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la en que tengan conocimiento de la primera promoción del patrón. La Junta, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la promoción, con audiencia de las partes, dictará resolución”.
Aunque la JLCyA-DF consideró que el escrito presentado el 29 de diciembre de 2011 por las autoridades del IEMS-DF como contestación al Pliego Petitorio de nuestro sindicato no cuenta con los elementos suficientes para hacer un análisis de la personalidad del SUTIEMS, declaró procedente la Objeción de Falta de Personalidad planteada por las autoridades del Instituto en su escrito presentado el 31 de diciembre de 2011, en el que solicitan que NO se le dé trámite al Pliego Petitorio de nuestro sindicato, ya que “se aprecian, advierten y presentan los mismos vicios de personalidad en la figura de quien dice representar al sindicato actuante (…), ya que no acreditan los CC. RAÚL PÉREZ RÍOS Y PABLO FRANCO HERNÁNDEZ, el carácter con que se ostentan”, y se dejó sin efectos la Audiencia de Conciliación programada para el lunes 16 de enero de 2012, así como nuestro emplazamiento a HUELGA con fecha 9 de febrero de 2012.
Con dicha acción, las autoridades de la JLCyA-DFnuevamente ignoraron deliberadamente lo establecido en el Art. 34 de los Estatutos del SUTIEMS, que a la letra dice: “Hasta en tanto el Comité Ejecutivo electo reciba la toma de nota respectiva, el Comité Ejecutivo continuará en funciones, lo anterior para no dejar en estado de indefensión al sindicato”, y únicamente consideraron que en la Toma de Nota del SUTIEMS de fecha 6 de noviembre de 2009, se advierte que concluyó el periodo social del Comité Ejecutivo de nuestro sindicato el día 28 de agosto de 2010, por lo que resulta evidente que al momento de la presentación del Pliego Petitorio con el que emplazamos a HUELGA por Cumplimiento del CCT, esto es, el 24 de noviembre de 2011, ya no contaba con las facultades para poder realizar dicho emplazamiento, lo cual a todas luces es falso, si consideramos lo establecido en el Art. 34 de los Estatutos del SUTIEMS.
Por lo anterior, nuestro sindicato nuevamente demandará un AMPARO de los Juzgados de Distrito en Materia de Trabajo en el Distrito Federal, para hacer valer el contenido del Art. 34 de los Estatutos de nuestro sindicato, con la finalidad de que se le dé trámite a nuestro emplazamiento a HUELGA, a pesar de que la JLCyA-DF continué obstaculizando e, incluso, negando la entrega de la Toma de Nota al SUTIEMS.
Además, mañana miércoles 1 de febrero de 2012 nuestro sindicato se manifestará, a partir de las 10:00 horas, frente a la JLCyA-DF, ubicada en Dr. Río de la Loza #68, Col. Doctores, Del. Cuauhtémoc, D.F., para demandar la entrega inmediata de la Toma de Nota de nuestro sindicato, así como el trámite de nuestros emplazamientos a HUELGA pendientes.
¡POR EL RESPETO A LA LIBERTAD Y AUTONOMÍA SINDICAL!
¡POR LA DEFENSA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA!
Atentamente
¡Por educación y trabajo dignos!
Raúl Pérez Ríos
Secretario General del
Sindicato de la Unión de Trabajadores del
Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal
(SUTIEMS)
México, D.F., a 31 de enero de 2012

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