Corresponde a rectora de la UACM
crear un “clima laboral favorable”
En la UACM es sorprendente que se diga que “la rectoría de la universidad no tiene atribuciones para sancionar a profesor o funcionario alguno” y que, por tanto, la rectora nada tiene que ver con los despidos y remociones; son obra del abogado general o de la contraloría (El Correo Ilustrado de La Jornada, 23/1/12).
Sin embargo, esta afirmación contradice letra y espíritu del estatuto general de la UACM. En el artículo 45 señala que “el rector es el representante legal y responsable general de la administración de la universidad”. Pero además, la fracción I del artículo 72 dice que al abogado general sólo le corresponde “representar a la universidad, previo mandato que le otorgue el rector, en asuntos judiciales, laborales y administrativos”. Si la rectoría da ese mandato, se hace responsable de las acciones del abogado; delega, pero no abandona su responsabilidad general. Si la rectoría no le ha dado mandato alguno, peor aún, porque entonces es el abogado general quien estaría fuera de la legalidad universitaria y debería ser llevado a consejo. ¿Existe ese mandato, que institucionalmente debería estar por escrito? Y finalmente, es cierto que al abogado lo elige el Consejo Universitario, pero este sólo puede hacerlo “a partir de una terna propuesta por el rector” (artículo 63). Así que no cabe evadirse. A la rectora Orozco responsablemente le corresponde crear un clima distinto en la UACM para que esta noble institución pueda ya desarrollar a plenitud su trabajo.
Hugo Aboites, UAM-X
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